PRUEBAS LIBRES PARA LA OBTENCIÓN
DEL TÍTULO DE BACHILLER
*Enlace para ver la Oferta Educativa
de los Centros Públicos de Educación Secundaria.
Convalidaciones:
determinadas materias del Bachillerato se pueden convalidar por determinadas
asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza por
determinados módulos de la Formación Profesional; o por determinados módulos de
Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño.
Exenciones:
se podrá solicitar la exención de la materia de Educación Física por quienes
acrediten tener la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento
o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.
Las convalidaciones que afectan a
asignaturas de música y de danza, y las exenciones de la materia de Educación
física se encuentran reguladas en la Orden 2582/2016, de 17 de agosto (BOCM
de 29 de agosto).
Las convalidaciones que afectan a
enseñanzas de Formación Profesional o a enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño
están recogidas en las correspondientes normas reguladoras de los títulos y sus
enseñanzas mínimas.
2. Condiciones de acceso
Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos que
estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria.
De acuerdo con el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño y de
Técnico Deportivo permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades
de Bachillerato.
3.
Organización de las
enseñanzas
El Bachillerato comprende dos cursos, se
desarrolla en tres modalidades, y se organiza de modo flexible con la finalidad
de ofrecer una formación a los alumnos acorde con sus perspectivas e intereses
que les permita la incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo.
En el Bachillerato las asignaturas se
agruparán en tres bloques:
1.
Bloque de asignaturas troncales.
2.
Bloque de asignaturas específicas.
3.
Bloque de asignaturas de libre
configuración autonómica.
4. Distribución de materias en Bachillerato (Decreto
52/2015, de 21 de mayo)
Organización del primer curso
En la modalidad de Ciencias, los
alumnos deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas
troncales:
a) Filosofía.
b) Lengua Castellana y Literatura I.
c) Matemáticas I.
d) Primera Lengua Extranjera I.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Biología y Geología.
2) Dibujo Técnico I.
3) Física y Química.
En la modalidad de Humanidades y
Ciencias Sociales, los alumnos deben cursar las siguientes materias del
bloque de asignaturas troncales:
a) Filosofía.
b) Lengua Castellana y Literatura I.
c) Primera Lengua Extranjera I.
d) Para el itinerario de Humanidades,
Latín I. Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales I.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Economía.
2) Griego I.
3) Historia del Mundo Contemporáneo.
4) Literatura Universal.
En la modalidad de Artes, los
alumnos deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas
troncales:
a) Filosofía.
b) Fundamentos del Arte I.
c) Lengua Castellana y Literatura I.
d) Primera Lengua Extranjera I.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Cultura Audiovisual I.
2) Historia del Mundo Contemporáneo.
3) Literatura Universal.
En todas las modalidades los alumnos deben
cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas:
a) Educación Física.
b) Además cursarán dos materias de entre
las siguientes:
1) Análisis Musical I.
2) Anatomía Aplicada.
3) Cultura Científica.
4) Dibujo Artístico I.
5) Lenguaje y Práctica Musical.
6) Religión, de oferta obligada por los
centros.
7) Segunda Lengua Extranjera I, de oferta
obligada por los centros.
8) Tecnología Industrial I, de oferta
obligada en la modalidad de Ciencias por los centros que, debidamente
autorizados, impartan dicha modalidad.
9) Tecnologías de la Información y la
Comunicación I, de oferta obligada por los centros.
10) Volumen.
11) Una materia del bloque de asignaturas
troncales no cursada por el alumno, que será considerada específica a todos los
efectos.
Además, en todas las modalidades y según
las posibilidades organizativas del centro, los alumnos podrán cursar una
materia del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, si el
centro las ofrece en virtud de su autonomía pedagógica, conforme a lo
establecido en los artículos 18 y 19 de este Decreto, y siempre por encima del
horario general recogido en el artículo 18 del mismo.
[Por Orden 2160/2016, de 29 de junio, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprueban materias de libre
configuración autonómica en la Comunidad de Madrid]
[Por Orden 2200/2017, de 16 de junio, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprueban materias de libre
configuración autonómica en la Comunidad de Madrid]
Organización del segundo curso
En la modalidad de Ciencias, los
alumnos deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas
troncales:
a) Historia de España.
b) Lengua Castellana y Literatura II.
c) Matemáticas II.
d) Primera Lengua Extranjera II.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Biología.
2) Dibujo Técnico II.
3) Física.
4) Geología.
5) Química.
En la modalidad de Humanidades y
Ciencias Sociales, los alumnos deben cursar las siguientes materias del
bloque de asignaturas troncales:
a) Historia de España.
b) Lengua Castellana y Literatura II.
c) Primera Lengua Extranjera II.
d) Para el itinerario de Humanidades,
Latín II. Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales II.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Economía de la Empresa.
2) Geografía.
3) Griego II.
4) Historia del Arte.
5) Historia de la Filosofía.
En la modalidad de Artes, los
alumnos deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas
troncales:
a) Fundamentos del Arte II.
b) Historia de España.
c) Lengua Castellana y Literatura II.
d) Primera Lengua Extranjera II.
e) Dos materias más, a elección del
alumno, de entre las siguientes materias de opción:
1) Artes Escénicas.
2) Cultura Audiovisual II.
3) Diseño.
En todas las modalidades y dentro del
bloque de asignaturas específicas, los alumnos deben cursar un mínimo de dos y
un máximo de tres materias de las siguientes:
a) Análisis Musical II.
b) Ciencias de la Tierra y del Medio
Ambiente.
c) Dibujo Artístico II.
d) Fundamentos de Administración y
Gestión.
e) Historia de la Música y de la Danza.
f) Imagen y Sonido.
g) Psicología.
h) Religión.
i) Segunda Lengua Extranjera II, de oferta
obligada por los centros.
j) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.
k) Tecnología Industrial II, de oferta
obligada en la modalidad de Ciencias por los centros que, debidamente
autorizados, impartan dicha modalidad.
l) Tecnologías de la Información y la Comunicación
II, de oferta obligada por los centros.
m) Una materia del bloque de asignaturas
troncales no cursada por el alumno que será considerada específica a todos los
efectos.
En todas las modalidades los alumnos
podrán cursar una materia del bloque de asignaturas de libre configuración
autonómica, en las condiciones previstas en los artículos 18 y 19 de este
Decreto.
Régimen
nocturno
El Bachillerato en régimen nocturno está regulado por la Orden 3357/2016,
de 17 de octubre (BOCM de 3 de noviembre).
En la Comunidad de Madrid se cursa en tres bloques, de un año de
duración cada uno.
Las condiciones de movilidad de un régimen a otro del
Bachillerato (ordinario, nocturno, a distancia) hay que analizarlas
individualmente ya que dependen del número de materias aprobadas, de la
modalidad elegida, etc.
CENTRO
|
DISTRITO
|
MODALIDADES
|
IES Ítaca
|
Alcorcón
|
Arte
Artes Plásticas, Imagen y Diseño
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Doménico Scarlatti
|
Aranjuez
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Dionisio Aguado
|
Fuenlabrada
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Vicente Aleixandre
|
Pinto
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Matemático Puig Adam
|
Getafe
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES José de Churriguera
|
Leganés
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Juan Gris
|
Móstoles
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Enrique Tierno Galván
|
Parla
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Vicente Aleixandre
|
Pinto
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
7. Régimen
distancia
El
Bachillerato en régimen a distancia está regulado por la Orden 3357/2016, de 17 de octubre
(BOCM de 3 de noviembre).
Estas enseñanzas están reguladas por la
Orden 3357/2016, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, por la que se ordenan y organizan para las personas adultas las enseñanzas
del Bachillerato en los regímenes nocturno y a distancia en la Comunidad de
Madrid. Para acceder a estos estudios es necesario ser mayor de 18 años o
cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico. En caso de
tener entre 16 y 18 años, hay que acreditar fehacientemente que se está
trabajando o que se es deportista de alto rendimiento.
Condiciones
de acceso al Bachillerato a distancia
Se requiere estar en posesión del título
de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o acreditar estudios
equivalentes.
Las condiciones para acceder del
Bachillerato, en régimen ordinario o nocturno, al Bachillerato a distancia, o
viceversa, hay que analizarlas individualmente ya que dependen del número de
materias aprobadas, de la modalidad elegida, etc.
En caso de duda sobre la posibilidad de
ser admitido, conviene informarse en la secretaría del propio centro.
CENTRO
|
DISTRITO
|
MODALIDADES
|
IES El Pinar
|
Alcorcón
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Dionisio Aguado
|
Fuenlabrada
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Altair
|
Getafe
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Isaac Albéniz
|
Leganés
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
||
IES Juan Gris
|
Móstoles
|
Ciencias
|
Humanidades y Ciencias Sociales
|
Características del Bachillerato a
distancia
Los alumnos podrán matricularse del
número de materias que deseen de primero y segundo. Cuando se trate de materias
de segundo curso cuya superación está condicionada a la superación de las
correspondientes materias de primer curso por implicar continuidad, es
imprescindible haber obtenido evaluación positiva en la materia del curso
anterior para poder superar la del siguiente.
Para cursar estos estudios no existe
limitación temporal. Las materias aprobadas anteriormente en régimen ordinario
o nocturno siguen teniendo validez, ya que no es necesario repetir curso aunque
se tengan más de dos materias no superadas.
Las enseñanzas de Bachillerato a
distancia se imparten en los centros de Educación Secundaria autorizados y
dispone de atención tutorial que se organiza de la siguiente forma:
-
El apoyo tutorial se realiza a distancia
y de forma presencial, de manera individual y colectiva. A principio de curso
se hará público un calendario en el que se especificará la fecha y hora de las
tutorías individuales y colectivas en cada materia.
-
Dadas las circunstancias y
características del alumnado de la educación a distancia, la asistencia a las
tutorías tiene carácter voluntario, sin que pueda exigirse dicha asistencia
como requisito para poder presentarse a las pruebas de evaluación.
El alumnado español residente en el
extranjero debe dirigirse a las Consejerías de Educación de las Embajadas de
España o al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia
(CIDEAD). Recibirá atención educativa, exclusivamente mediante tutoría a
distancia, desde este Centro.
Las personas adultas pueden cursar
también estas enseñanzas de forma presencial, en régimen nocturno.
8. Salidas
Con la ordenación vigente el título de
Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la
educación superior, a saber:
Acceso a la
Universidad por criterios de edad y experiencia laboral o profesional
Podrán acceder a la Universidad, en las
condiciones determinadas por la normativa correspondiente, las personas mayores
de 25 años de edad que superen la prueba de acceso establecida, las personas
mayores de 40 años y acrediten una determinada experiencia profesional o
laboral en relación con una enseñanza, así como las personas mayores de 45 años
que superen la prueba de acceso establecida.
-
Enseñanzas Artísticas
Superiores: tienen esta condición los estudios superiores de
música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de
conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de
diseño y los estudios superiores de artes plásticas, entre los que se incluyen
los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores de vidrio.
-
Formación
Profesional de Grado Superior. Centros Públicos donde se imparten
Ciclos Formativos de Grado Superior
-
Enseñanzas Profesionales de Artes
Plásticas y Diseño de Grado Superior. Centros
Públicos donde se imparten Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
En cualquiera de los casos:
-
Mundo del trabajo.
9. Pruebas
para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de
veinte años en la Comunidad de Madrid
Estas pruebas están dirigidas a aquellas
personas mayores de veinte años que deseen obtener el título de Bachiller.
Requisitos:
Podrán participar en estas pruebas las
personas mayores de veinte años, o que los cumplan en el año natural en el que
se celebren las mismas, y reúnan los siguientes requisitos:
Estar en posesión del título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria, o declarado equivalente a efectos
académicos, o bien estar en posesión del título de Técnico en Artes Plásticas y
Diseño o del título de Técnico Deportivo.
No estar en posesión del título de
Bachiller regulado en la LOMCE o de cualquier otro título declarado
equivalente a todos los efectos.
No estar matriculado en las enseñanzas
de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades o regímenes en el año
académico en que se celebren las pruebas.
No se podrá participar en los ejercicios
de aquellas materias del Bachillerato que hayan sido superadas con
anterioridad.
Solicitudes:
Quienes deseen participar en las pruebas
y reúnan los requisitos para ello deberán dirigir sus solicitudes al director
del Instituto de Educación Secundaria que corresponda de acuerdo con la
convocatoria anual.
Las solicitudes deberán ir acompañadas
de la correspondiente documentación.
Características generales de las pruebas
Las pruebas se realizarán de forma
diferenciada según las distintas modalidades del Bachillerato.
Las pruebas constarán de un ejercicio
por cada una de las materias necesarias para obtener el título de
Bachiller debiéndose configurar un itinerario válido conforme a la
organización académica de las enseñanzas del Bachillerato LOMCE en la Comunidad
de Madrid en sus regímenes para personas adultas: todas las materias
troncales y específicas de ambos cursos que configuren un itinerario válido
conforme a dicha organización, siendo posible, no obstante, solicitar el
reconocimiento de materias superadas con anterioridad o las correspondientes
convalidaciones y exenciones.
Las pruebas serán elaboradas, aplicadas
y calificadas por los departamentos de coordinación didáctica de los centros en
que se realicen las pruebas y tengan asignadas las materias correspondientes de
Bachillerato.
Lugar
de celebración de las pruebas
·
Las pruebas se celebrarán en Institutos
de Educación Secundaria que tengan autorizada la impartición de la
correspondiente modalidad e itinerario en régimen nocturno o a distancia. En la
Resolución de convocatoria anual se publicará la relación de centros donde se
pueden celebrar las pruebas.
Plazo
de inscripción
·
El plazo de inscripción se establecerá
en cada convocatoria.
Realización
de las pruebas
· Las pruebas tendrán lugar dentro del plazo abierto por la administración en cada convocatoria, de conformidad con lo que se establezca al respecto por cada Instituto de Educación Secundaria.
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